Los abogados deben registrar su horario: las claves (y cómo hacerlo)
Los abogados deben registrar su horario. Una reunión que tuvo lugar el 17 de junio en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) lo dejó muy claro. En este post te explicaremos las claves acerca de esta obligación y te propondremos también una manera fácil y cómoda para hacerlo.
A partir de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 8/2019 del 8 de marzo, todas las empresas deben llevar un registro de la jornada laboral de todos sus trabajadores. La norma, no obstante, tiene una excepción que hace referencia a las relaciones laborales especiales. Esta se englobarían autónomos, altos directivos, trabajadores a tiempo parcial, etc. Incluso, también tendrían cabida ahí los socios de un despacho de abogados. Las cosas, en cambio, son muy diferentes si se trata de un profesional por cuenta ajena que presta sus servicios en ese despacho.
Dado que hay un Real Decreto, el 1331/2006, que regula las relaciones laborales de los abogados que están en régimen general en un despacho, el Consejo General de la Abogacía se planteó la duda de si el abogado quedaba o no incluido en esta excepción. La consulta se elevó tanto a Inspección de Trabajo como al propio Ministerio de Trabajo y se ha llegado a la conclusión de que no les afecta la excepción antes mencionada. Por tanto, los abogados que tienen una relación estrictamente laboral con su despacho sí deben registrar su horario.
Condiciones del registro horario de los abogados
Otra de las dudas planteadas en esta reunión del ICAB fue quién debía encargarse efectivamente de este registro. Es decir, si debía llevarlo a cabo un perfil administrativo o tenía que hacerlo el propio abogado por medio de un sistema de autocontrol. En el caso de que sea el propio trabajador por cuenta ajena quien se encargue de ello, Inspección de Trabajo presume que la información proporcionada será en todo momento veraz. Y, si no es así, el Estatuto de los Trabajadores contempla la posibilidad de que se le abra un expediente a aquel trabajador que haya falseado los datos y se le aplique una sanción.
El registro horario que deben llevar a cabo los abogados que trabajen para un despacho, como en el caso del resto de trabajadores por cuenta ajena en régimen general, debe ser diario. Dicho de otra manera: hay que cumplimentarlo diariamente. No puede haber un registro previo o planificación. Además, debe ser individualizado y, en el caso de los abogados, requiere de mucha flexibilidad. No en vano, su trabajo incluye desplazamientos, reuniones, comidas con clientes, etc.
Una solución fácil para controlar el horario
La norma, en ningún momento, específica cuál debe ser el método para llevar a cabo el registro horario. Así, el sistema puede ir desde la simple hoja de papel a una aplicación informática diseñada específicamente para este cometido. Lo importante es que sea accesible y que esté disponible para los trabajadores por cuenta ajena. El empresario no tiene por qué entregarles una copia, pero sí tiene que enseñarles los datos cuando le pidan cómo va el cómputo de sus horas laborales. Esta flexibilidad implica la existencia de múltiples opciones. Y AWERTY, la empresa responsable del diseño e implementación de iusUp, tiene una propuesta fácil y sencilla de usar para que, si necesitas hacerlo, puedas registrar la jornada laboral.
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